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¿Qué debe hacer un abogado penalista si observa que el ministerio público no tiene suficiencia o eficiencia probatoria?
Si el abogado penalista observa que de la carpeta de investigación no hay datos suficientes o elementos idóneos y pertinentes para que se judicialice la carpeta, la estrategia jurídica del abogado penalista será llevar una defensa pasiva, es decir; para el beneficio de su imputado o defendido, deberá de abstenerse de aportar datos y medios de prueba evitando perfeccionar la conducta y con ello su defensa penal será alegar sobre la atipicidad, pues es una de las mejores estrategias jurídicas o teorías del caso.
¿Cómo debe ser la defensa penal ante el juez de control, en caso de detención del imputado?
Lo primero que tiene que hacer el abogado penalista, es revisar si existe el registro nacional de detenciones y si este registro se realizó por los policías aprehensores o primeros respondientes antes del traslado del imputado a la Fiscalía de que se trate.
¿Cómo lograr liberar al detenido en la primera audiencia?
El defensor particular, debe de analizar si existen datos de prueba que vuelvan creíble la flagrancia del imputado, además el abogado en el control de la legalidad de la detención, solamente se debe de limitar a solicitar al juez que el ministerio público realice aclaraciones o precisiones, siempre y cuando; convengan al imputado, y de esa forma el propio Ministerio Público informará al juez que no cumplió con los requisitos legales de fondo y de forma para que se califique de Ilegal la detención.
¿Qué es lo que hace el Ministerio público para poder llevar a una audiencia de control de detención a un imputado?
Regularmente, el ministerio público, realiza una clasificación jurídica de la flagrancia en términos del artículo 146 del Código Nacional de Procedimientos Penales y de ahí la importancia que el abogado penalista o defensor privado, esté atento a lo que hay en la carpeta de investigación y de lo que alegue el Ministerio Público, ante el juez de control al momento de solicitar que se califique de legal la detención y la retención del imputado, por lo regular ninguna descripción de la detención en flagrancia que manifiesta la representación social se ajustan a los artículos 146 y 147 del Código Nacional de Procedimientos Penales, por lo regular la mayoría de las detenciones de los imputados siempre son violatorias de derechos humanos, por ejemplo la carencia de razonabilidad de la detención y primer contacto, entre otros tópicos que solamente maneja un buen abogado penalista, que tiene estrategia de defensa.
¿Qué debe hacer el abogado penalista cuando observa que el ministerio público no va a justificar la detención ni la retención del imputado?
Si el abogado penalista observa que al solicitar aclaraciones y precisiones le pueden perfeccionar al ministerio público su teoría del caso, para la posterior formulación de la imputación y solicitud de vinculación a proceso, el abogado defensor debe limitarse, con lo que expuso el ministerio público, para poder debatir la solicitud de no vinculación a proceso, por eso es muy importante que el abogado penalista tenga estrategias de defensas claras y precisas y para ello debe de leer la carpeta de investigación y poner atención a lo que manifiesta el ministerio público en la petición de la ratificación de la legalidad de la detención y la ratificación de la retención del imputado.
¿Qué es la formulación de la imputación en una audiencia inicial?
Es la comunicación procesal del Ministerio Público al imputado que fija la litis, por eso antes de que el imputado quiera contestar al cargo o necesite declarar, el abogado penalista debe asesorar correctamente al detenido, porque esa formulación de la imputación, es el hecho circunstanciado o tema aprobar, y son esos mismos hechos que serán materia de acusación y ulteriormente es lo que se plasma en el auto de apertura a juicio oral, por lo que se debe tener especial cuidado, pues cuando el ministerio público formula la imputación, es lo mismo que jurídicamente debe de repetirse en los alegatos de apertura en el juicio oral por parte del Ministerio Público, antes del desahogo de pruebas. En la audiencia inicial, si el ministerio público fija la litis con hechos incorrectos o incompletos le benefician al imputado, y entonces conviene no hacer aclaraciones o precisiones. Obviamente hay un abanico de estrategias de defensa o teoría del caso, y para ello, de lo primero que tiene que ocuparse un buen defensor, es analizar si el Ministerio Público cuenta con insuficiencia e ineficiencia probatoria para acreditar la conducta y el tipo penal, porque en caso contrario es conveniente la defensa pasiva, ahora que si el ministerio público trae eficiencia y suficiencia probatoria, entonces el abogado penalista tendría que ofrecer datos y medios de prueba para poder demostrar que hay ausencia de conducta. También puede ser que exista el hecho, pero no puedan probar la responsabilidad o el imputado no haya participado. En ese sentido antes de hacer una estrategia jurídica de defensa técnica y adecuada se deben de trazar las estrategias de acuerdo con las circunstancias de tiempo modo y lugar y otras tantas cuestiones que se tienen que tomar en cuenta para realizar una adecuada defensa.
¿Quién es un asesor jurídico de la víctima?
Un asesor jurídico de la víctima es un abogado penalista que se encarga de asesorar al ofendido para que se judicialice la denuncia o querella y para ello tiene que aportar datos de prueba a la carpeta de investigación, así mismo tiene que acreditar la reparación del daño de la víctima u ofendido, dependiendo del estado procesal en que se encuentre la carpeta de investigación, la carpeta judicial o incluso, en la etapa de juicio oral próximo a dictarse una sentencia definitiva. El asesor jurídico, tiene que abocarse a estudiar el asunto en concreto, puede aportar datos de prueba o medios de prueba para lograr acreditar la conducta del imputado, asimismo puede asesorar a la víctima u ofendido para el caso de que el imputado o acusado quiera proponer algunas soluciones alternas o formas de terminación anticipada, tales como lo sería un acuerdo reparatorio, una suspensión condicional del proceso o un procedimiento abreviado, explicarle la ventaja y la desventaja de aceptar dicha propuesta del imputado o acusado, Si el proceso está en la etapa de dictado de la sentencia y cuando se observe que el acusado ha sido condenado y promueve un escrito de apelación contra la sentencia definitiva, el asesor jurídico debe de contestar los agravios del escrito de apelación, para que se sostenga el sentido de la sentencia que beneficia a la víctima u ofendido, asimismo después de dictada la sentencia de apelación en caso de revocarse favoreciendo al sentenciado, el asesor jurídico de la víctima puede interponer el amparo directo contra la sentencia de apelación; por el contrario, en el caso de que al acusado le hayan confirmado la sentencia de apelación donde lo condenaron y cuando éste interpone un amparo directo, el asesor jurídico de la víctima debe de presentar su amparo adhesivo para sostener el sentido del fallo a su favor, así mismo en caso de que cualquiera de las dos partes se vayan al amparo en revisión, la parte que ganó el juicio de amparo debe de contestar la vista para poder manifestar lo que a su derecho convenga.
¿Qué es un despacho jurídico penal?
Es una oficina, de abogados penalistas, especializados en la defensa del imputado, desde el ministerio público, pasando por la etapa de la audiencia inicial, etapa intermedia, etapa de juicio oral, interposición del escrito contra la sentencia definitiva para que se resuelvan los agravios en la apelación, y ulteriormente promueven el escrito de amparo directo contra la sentencia de apelación, en caso de confirmarse se tiene que ir al amparo en revisión en contra de la sentencia de amparo directo.
¿Qué se hace en un buen despacho jurídico penal?
En un despacho jurídico penal de prestigio, lo que se busca en cada etapa es resolver allí mismo la situación jurídica del acusado, buscando aportar datos de prueba a favor del cliente o en caso de existir insuficiencia y deficiencia probatoria, se decide la defensa pasiva para alegar la atipicidad de dicha conducta atribuida al acusado.
¿Qué tiene que saber el abogado penalista para realizar una buena defensa jurídica penal?
Se debe conocer el derecho adjetivo también llamado derecho procesal, que, en este caso, consiste en conocer el Código Nacional de Procedimientos Penales, así mismo se debe conocer el derecho sustantivo, es decir; el derecho de fondo, en este caso el código penal federal si se trata de delitos federales, o el código penal de la Entidad Federativa en el caso de delitos del fuero común.
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¿Qué es una carpeta de investigación?
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